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Sunday 4 March 2012

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Chile: Publican nuevos formularios de marcas según estándar TLT

Una información de interés para los operadores prácticos de signos distintivos en Chile ha sido publicada por el Instituto Nacional de Propiedad Industrial de Chile (INAPI). Con la entrada en vigencia del TLT y su ley de implementación, modificatoria de la ley Nº 19.039, el Instituto ha publicado nuevas versiones de los formularios vinculados con las solicitudes, y demás actos procesales relacionados con Marcas e Indicaciones Geográficas (IG), que se encuentran disponibles para los usuarios en formato papel y digital.

Estos nuevos formularios están insertos en el proceso de modernización institucional de INAPI, que considera el cambio de su plataforma informática y la digitalización de todas las presentaciones que se realizan ante este organismo.

El Director Nacional de INAPI, Maximiliano Santa Cruz, puntualizó que “se trata de cambios necesarios y transitorios para alcanzar nuestra meta de contar muy prontamente con un formulario único para el registro de marcas y otro para anotaciones sobre estos derechos, simplificando la tramitación de las marcas comerciales en Chile”.

Los formularios electrónicos ya se encuentran disponibles para ser descargados y completados en el sitio web de la institución. Por otra parte, quienes cuenten con un stock de formularios antiguos que hayan adquirido en cajas de INAPI, podrán reemplazarlos sin costo alguno en las oficinas de Atención de Público de la institución, ubicadas en Moneda 975, piso 13, Santiago.

En cuanto al Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial, el actual, de agosto de 2005, estará vigente hasta la publicación del nuevo texto adecuado a las recientes modificaciones, que según el Instituto será publicada la segunda quincena de marzo. A partir de esa fecha, y tal como dispone el art. 4 del actual Reglamento vigente, sólo se recibirán solicitudes que se ajusten al nuevo formato de formulario.

Sobre el contenido de las modificaciones en los formularios, éstos han sido especialmente numerados para diferenciarlos de los anteriores, mejorando su distribución y diagramación, ampliando el campo para insertar la marca cuando se trata de marcas figurativas (mixtas o simplemente figurativas), e incorporando un espacio para indicar el Número de Custodia de Poderes o Personerías. El objetivo es que quienes deseen hacer uso de este nuevo servicio puedan incorporar este dato sin necesidad de acompañar en cada solicitud el Poder para actuar en nombre de terceros.

En cuanto a las marcas figurativas (denominadas etiquetas, referidas a su continente o soporte), para poder ser digitalizadas con precisión, deben ser insertadas por los usuarios en la misma solicitud y dentro de los límites máximos establecidos en el formulario. A partir de la entrada en vigor de la reforma al Reglamento de la Ley 19.039 se reducen de seis a tres la cantidad de ejemplares de la marca que deben acompañarse. Uno de ellos debe incorporarse (pegarse) en la misma solicitud y las dos copias restantes deben acompañarse en una hoja adjunta. Cuando la presentación sea hecha por Internet bastará con acompañar (subir) un solo ejemplar.

Los nuevos formularios están disponibles en internet.

Fuente: Inapi

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr