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Thursday, 28 November 2013

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Chile: Publican "Directrices de examen y procedimiento de registro de Patentes"

En Chile en el año 2009 se publicaron los primeros lineamientos de las directrices de patentes del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI), que buscaban entregar orientaciones sobre la práctica y criterios de examen de algunos aspectos sustantivos en el análisis de patentes. 

Este mes de Noviembre el INAPI ha publicado un documento completo, consolidado y dinámico sobre criterios y prácticas legales, en la prosecución y en el análisis de solicitudes de patentes denominado "Directrices de examen y procedimiento de registro de Patentes". El objetivo es hacer más ágil el proceso para solicitar y obtener patentes de invención, modelos de utilidad y diseños o dibujos industriales.

Un borrador de estas directrices fue puesto a disposición de la ciudadanía, cuando fueron sometidas a consulta pública durante el primer semestre de 2013 en el portal de INAPI, y las opiniones vertidas en esa instancia se incorporaron en el texto definitivo.  

En opinión del Subdirector de Patentes de INAPI, Esteban Figueroa, "nuestro Instituto se ha planteado el gran desafío de sistematizar en un sólo documento la práctica mantenida por la oficina en relación a la Ley de Propiedad Industrial y su Reglamento, mediante la publicación de las Directrices de Patentes, con la finalidad de fortalecer y modernizar las herramientas que provee INAPI, así como responder a las necesidades de información y de certeza jurídica de los inventores, sus representantes, los agentes y el público en general".

Las 224 páginas de las directrices se dividen en dos grandes secciones que comprenden tanto los aspectos procedimentales como los aspectos técnicos y legales para el examen de fondo. La primera sección se refiere a los requisitos de presentación de las solicitudes de patente y el procedimiento de tramitación, incluyendo el examen de forma y el procedimiento contencioso. La segunda sección trata el examen de fondo de las solicitudes desarrollando los criterios aplicables a la revisión de los requisitos sustantivos de patentabilidad y otras exigencias de la Ley y su Reglamento.

Las directrices de patentes buscan proporcionar lineamientos generales para ser tenidos en cuenta al momento de presentar y tramitar una solicitud dentro del proceso de registro de patente. Toda solicitud de patente será analizada caso a caso, de acuerdo a su propio mérito y los antecedentes acompañados en el expediente respectivo, conforme a la Ley de Propiedad Industrial, su Reglamento y normas vigentes que sean aplicables a cada solicitud en particular materias que, de acuerdo a lo informado por INAPI, estas directrices vienen a reforzar.

Con relación a este tipo de instrumentos, y tal como tuvimos oportunidad de apreciar a propósito de su homólogo en materia marcaria, su indudable utilidad es más bien de una "guía" o "manual de usuario", pues por su (no) imperatividad podría estimarse una manifestación del llamado "soft law" (término propio del derecho internacional) carente de fuerza legal vinculante que trata materias de orden normativo, y que son usuales en el derecho comparado (conocidas precisamente como Guidelines). 

En este sentido el propio texto advierte que "el presente documento recoge los criterios generalmente aplicados por INAPI para el examen de las solicitudes de patente, pero no constituye, ni constituirá, una fuente propia de derecho y no deroga ni modifica las disposiciones legales o reglamentarias que regulan los derechos de propiedad industrial. En este sentido, el presente documento busca proporcionar lineamientos generales, no vinculantes, para ser tenidos en cuenta al momento de presentar una solicitud de registro". 

En otras palabras, puede entenderse que este esfuerzo pretende hacer menos compleja la interpretación y aplicación de las normas que configuran el sistema de propiedad industrial como un todo, acercando a los inventores e investigadores no expertos la terminología y buenas prácticas de una forma ordenada y de fácil comprensión, pero en ningún caso ha de entenderse como una recta y única interpretación de la ley y su reglamento (por lo demás en plena fase de reforma) que corresponde, en definitiva, a los tribunales competentes, incluyendo al Director Nacional actuando como órgano resolutor administrativo.

Adviértase que estas directrices contienen algunos conceptos que ya han sido interpretados por la Corte Suprema, cuyo es el caso del llamado "efecto sorprendente", entendido como "el carácter inesperado de un resultado". En este sentido el documento se encarga acertadamente de aclarar que "corresponde a un indicio de nivel inventivo, y no es un sustituto del análisis de nivel inventivo. Por lo tanto, el análisis de nivel inventivo no podrá fundarse en la búsqueda de dicho resultado inesperado, ni deberá usar como sinónimos efecto sorprendente y nivel inventivo". No obstante, la persistencia en el uso de este concepto no legal (al estar contenido en este documento) puede no erradicar la práctica (fuera de norma) de invocarlo expresamente en los informes de los peritos examinadores, aun cuando es entendible que se refiere a un referente del fuero interno en el proceso de análisis, indiciario del requisito de fondo, que puede estimarse como equivalente a la falta de obviedad de la solución que se pretenda reivindicar.

En definitiva, y sin perjuicio de la valiosa utilidad para los operadores técnicos y jurídicos, la denominación directriz sigue sin ser la más adecuada. En sentido estricto, según disponen las normas de interpretación de la ley (Código Civil), en su sentido natural significa el "conjunto de instrucciones o normas generales para la ejecución de algo" (RAE) de forma que aporta un contenido normativo ajeno a la tradición jurídica chilena, que no se aviene con la intención informativa del texto. Tal vez en la reforma legislativa se incorpore expresamente el concepto dentro del sistema de Propiedad Industrial y se le defina como una palabra técnica. Por ahora, el término y sentido más exacto es "guía", cuya bondad técnica quedará sin duda demostrada por su uso.

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Monday, 25 November 2013

Jeremy

Argentine Court upholds TM opposition based on unregistered mark

A recent note on the Argentina litigation Del Olmo v Pastas Frescas San Genaro SRL (Case No 13021/07) has thrown some interesting light on  the status of trade mark oppositions based on unregistered marks. In this...

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Patricia Covarrubia

Image rights...a bit too much

    2 comments:

Reading a little bit of showbiz section in the Colombia newspaper El Tiempo I found with surprise how much (or less) rights do you have when signing an image right contract. I presume that rights...

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Friday, 22 November 2013

Gilberto Macias (@gmaciasb)

México - Se ventilan datos personales de ciudadanos en Internet.

En días pasados, se hizo del conocimiento público el tratamiento de datos personales de millones de ciudadanos mexicanos por una página web que proporcionaba información como número de credencial de elector, Registro Federal de...

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Wednesday, 20 November 2013

Patricia Covarrubia

Things are about to change in Brazil, but to what extent?

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On September 13th, 2013, the Ordinance 639, as published in the Federal Register, defined that Mr. Otavio Brandelli, diplomat from the Ministry of the International Relations, will be the new Commissioner of the BRPTO...

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Wednesday, 13 November 2013

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Nueva filtración devela los alcances de la negociación del tratado secreto TPP

A pesar del total secretismo que existe en torno al Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP) que involucra a Chile y a otros 11 países de la Cuenca del Pacífico se ha filtrado el último borrador del...

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Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Summer School on Intellectual Property de la OMPI en Chile

Desde el 20 al 31 de enero se impartirá el “Summer School on Intellectual Property”, curso que realiza la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en conjunto con INAPI. El programa, que se...

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Tuesday, 12 November 2013

Patricia Covarrubia

Geographical Indication and Collective marks... a recognition to the agricultural sector.

    No comments:

Last week a technical cooperation agreement was signed between the Brazilian Instituto Nacional da Propiedad Industrial (INPI)and the Brazilian National Agricultural Society. The main aim is to raise values and culture and the importance of...

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Thursday, 7 November 2013

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Comisión Europea acoge solicitud de Perú y registra «Pisco» como indicación geográfica homónima

Con fecha 30 de octubre de 2013 la Comisión Europa concedió a Perú la indicación geográfica «Pisco» para la bebida alcohólica elaborada en ese mercado.  El Reglamento Nº 1065/2013 modifica el anexo III del Reglamento...

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Wednesday, 6 November 2013

Gilberto Macias (@gmaciasb)

V CONGRESO INTERNACIONAL UAIPIT

Un año más UAIPIT, en colaboración con el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI, organiza su tradicional Congreso Internacional, el cual en esta ocasión versará sobre “La mediación de controversias internacionales sobre propiedad...

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Tuesday, 5 November 2013

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Chile: Entrada en vigencia de las Normas Transitorias de la Reglamentación de .CL

A partir del día 1° de diciembre de 2013 entrarán en vigencia las Nuevas Políticas de .CL, de acuerdo a lo recomendado por el Consejo Nacional de Nombres de Dominio y Números IP. Como preparación de...

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Patricia Covarrubia

LATAM does not stand for Latin America

    No comments:

Searching at the WIPO Arbitration and Mediation Center I noted a recent decision involving two parties in Chile. The dispute is about the domain name <latam.com.es>The case was brought on April, 2 2013 and decided...

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