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Tuesday 30 November 2010

Gilberto Macias (@gmaciasb)

México: COFETEL fomenta la piratería?


La industria de películas, música y fonogramas se encuentra sumamente molesta por la decisión de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL) de ir en contra de un acuerdo antipiratería que se está diseñando a escala mundial en Internet.

COFETEL se ha manifestado en contra de este acuerdo debido a que el mismo puede convertirse en una traba para la penetración y acceso a los servicios de Internet. Su principal argumento es que “los proveedores de servicios de Internet no pueden convertirse en la autoridad que decida que tipo de contenido son de propiedad intelectual”.

La molestia de la industria es tan grande que han acusado a COFETEL de fomentar la piratería. Evidentemente la industria apoya al 100% el ACTA, pues ven en él su única opción para detener las perdidas millonarias que están sufriendo.

Más información aquí y aquí.
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Jeremy

IP in Chile: now the story is told!


If you were looking for an original Christmas present for a friend or colleague this year, it would have been perfect if you could have bought for them the lovely Historia Gráfica de la Propiedad Industrial en Chile. According to the accompanying press release from INAPI the book covers in pictures the history of Industrial Property in Chile. Further details are available here or from Diego Ponce G.(Communications, National Institute of Industrial Property, here).

Under Chilean law, public entities may not sell their publications -- though they can give them away, which is why copies of this title will be donated to public libraries in Chile.  It's a long way to go if you want to read the book (or steal it, if you had your heart set on giving it as a Christmas present), so IP Tango hopes that copies will find their way to all who love IP and are interested in Chile's contribution to the field.
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Monday 29 November 2010

Jeremy

SUAVE has secondary meaning, but not very much of it, says Argentine Court

A keenly contested trade mark dispute between Unilever NV and Laboratorio Cuenca SA has been the subject of a ruling by Argentina's Federal Court of Appeals.  In short, Unilever was the owner of the SUAVE trade mark, which it had used extensively on shampoos and conditioners since 1999 and for which it had two pending applications for registration.  Cuenca used the trade mark ISSUE -- quite different, but accompanied by the words 'Shampoo Suave', on its products. Unilever sued for infringement, while Cuenca filed a counterclaim for annulment of Unilever's applications.

According to the trial court, the word SUAVE -- meaning "smooth" or "soft" -- was not distinctive. The court dismissed the complaint and allowed Cuenca's counterclaim.  The Federal Court of Appeals disagreed.  While SUAVE was a weak mark, due to the scale of use which Unilever made of it since 1999, its registration of the mark should be allowed since the word had acquired secondary meaning. In the court's view, the adjective 'suave' was not necessarily descriptive of shampoos and conditioners, but merely indicated a quality of the hair treated with the product.  However, Unilever's infringement claim still failed.  Because SUAVE was a weak mark, Unilever had to accept that third parties would use it in conjunction with their own marks, provided that they did not mislead consumers.

Source: "Federal Court of Appeals recognises secondary meaning doctrine", note by Fernando Noetinger (Noetinger & Armando, Buenos Aires) for World Trademark Review.
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Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Chile: Nuevo formulario único para presentación de solicitudes de patente

Una noticia de interés práctico para todos los operadores del sector de la propiedad industrial en Chile ha dado conocer recientemente el INAPI. A partir del 25 de noviembre en curso está disponible un nuevo formulario único para la presentación de las solicitudes de patentes de invención, modelos de utilidad, diseños y dibujos industriales, esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados, el cual está disponible tanto en el sitio web para su descarga en formato PDF (Zip), como en su versión impresa disponible en las oficinas de Moneda 975, Piso 13.

El nuevo formulario que reemplaza al anterior incorpora referencias relativas a las patentes divisionales, las divulgaciones inocuas, los listados de secuencias y los certificados de depósito de material biológico, y contiene una sección especial para que sea ocupada en el caso de las solicitudes que entren a Chile en Fase Nacional del PCT y que incluye todos los datos que el solicitante debe completar al momento de presentar su solicitud en INAPI como Oficina designada o elegida.

Esta nueva versión del formulario está inserta dentro del proceso de implementación del Tratado de Cooperación de Patentes (PCT) que realiza el Instituto desde que Chile, el 2 de junio de 2009, pasó a tener dicho Tratado como derecho vigente, motivando una adecuación administrativa para su tramitación.Según el INAPI una primera etapa de implementación se ha focalizado en implementar a la institución como Oficina Receptora de solicitudes internacionales PCT, y su relación con la Oficina Internacional (OMPI) y las distintas Autoridades de Búsqueda y de Examen Preliminar Internacional, que en el caso de Chile: Oficina Europea de Patentes (EPO); Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), Oficina de Patentes y Marcas de EE.UU. (USPTO) y recientemente, la Oficina de Propiedad Intelectual de Corea (KIPO).

La segunda etapa de implementación que actualmente se está llevando a cabo, ha consistido en preparar el rol que INAPI deberá asumir como Oficina Designada o Elegida con la entrada de solicitudes internacionales PCT a la Fase Nacional Chilena, evento que se espera ocurra regularmente a partir de diciembre del 2010, esto es transcurrido los 18 de meses desde la entrada en vigencia del Tratado en Chile.  

Fuente: www.inapi.cl (Comunicaciones)
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Wednesday 24 November 2010

Patricia Covarrubia

Pirates attack, two injured: blu-ray and 3D DVDs

    No comments:

This time neither the Blu-ray nor the 3D DVDs escaped from Captain Hook. Informal traders are dealing with these two formats in the Mexican streets and they even have the latest release: Harry Potter and the Deathly Hallows Part 1 (just being released in cinemas in the UK!). Street vendors are also selling glasses to watch 3D movies. The counterfeited movies cost three to four times less than original the source observed.

The newspaper also reports that a few weeks ago, the federal police and officers from the Ministry of Public Security in Mexico City dismantled eight laboratories which produced these type of formats. They say that this was the first time that Blu-Ray movies were seized. How much was seized? Well almost to sink the pirate’s boat! 17 tons of material, such as: inside covers, cases, discs. They also seized 700 Blu-ray format burners.

Click here for the newspaper report.
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Tuesday 23 November 2010

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Innovación agraria, propiedad industrial en Chile y cuadernos de laboratorio

Hoy se desarolla en Chile un interesante taller organizado por Redciencia junto a la Fundación Para la Innovación Agraria (FIA) destinado a informar sobre aspectos de Propiedad Intelectual relacionados con procesos de investigación y desarrollo orientado a investigadores y profesionales que trabajan en laboratorios, jefes de desarrollo e innovación de empresas y profesionales que gestionan la transferencia tecnológica y la Propiedad Intelectual.

La directora del Programa de la Fundación para la Innovación Agraria de Chile, Patricia Anguita, destacó la actividad pues "es importante proteger el conocimiento que se genera en una investigación o en la implementación  de una tecnología innovadora al interior de una empresa. La estrategia de protección de la propiedad intelectual permite orientar desde el principio  un proyecto de investigación hacia el objetivo final, que es la generación de conocimiento con valor”.

Este taller coincide con la celebración de catorce años de existencia de la FIA, que depende del Ministerio de Agricultura de Chile. Dicha repartición se ha puesto como meta impulsar la innovación y el desarrollo tecnológico dentro del esquema general de las políticas públicas del Estado. Según agregó Anguita, el programa que dirige (FIA-PIPRA) orientado a proteger la propiedad intelectual de los avances científicos que se logren en materia agroalimentaria. “Es necesario proteger y capturar el valor del conocimiento de los investigadores, favoreciendo con ello una fluida transferencia de tecnología y potenciando el acceso a los mercados”, comentó.
El sector silvoagropecuario ha sido uno de los que ha generado las cifras más bajas en Innovación según informó la VI Encuesta de Innovación del Ministerio de Economía, registrando una tasa de innovación para la agricultura de 19,3%, superando sólo al sector de la pesca (7%) y hoteles/restaurantes (7,4%). Tal nivel significa que sólo ese porcentaje de las empresas agrícolas encuestadas innovó (es decir, invirtió con éxito comercial y productivo) en productos, procesos, marketing y/o gestión, siendo estos dos últimos ítemes los que mostraron un muy bajo desempeño: 2% y 7,1% respectivamente. En ese escenario, la innovación ha sido elevada a un desafío  nacional, especialmente en el ámbito silvoagropecuario, por su impacto en la competitividad. Con este objetivo se destinaron $ 8.106.576 millones a la FIA en el Presupuesto del año 2011, destinados a potenciar, principalmente, la transferencia al sector privado  (cofinanciamiento de programas de Fomento a la Innovación, Programas de Desarrollo Tecnológico y Programas de Información y Difusión).

El taller se enmarca en el programa FIA-PIPRA que nace de un acuerdo de la fundacón con la asociación académica estadounidense The Public Intellectual Property Resource for Agriculture (PIPRA) que está instalado en la Universidad de California/Davis.Esta alianza permite que investigadores de universidades, fundaciones e institutos de investigación del sector agroalimentario chileno puedan acceder a tecnologías de vanguardia, a una adecuada gestión de la PI y al fortalecimiento en el uso de las herramientas disponibles para generar valor para el país a través de la investigación, desarrollo e innovación.

Un aspecto eminnentemente práctico que ha desarrollado la FIA es el referido a los cuadernos de laboratorio. La Fundación ha desarrollado un documento de Buenas Prácticas para el uso de cuaderno de laboratorio pues, según informo la directora del programa, durante una investigación se van desarrollando distintos procedimientos, metodologías y procesos, y se obtienen resultados parciales, que van permitiendo ir avanzando o reorientando los pasos de la investigación, de manera que las Buenas Prácticas en el uso del cuaderno de laboratorio permiten poner en práctica conceptos en la toma de registros de rigurosidad, completitud y exhaustividad. Anguita sostiene que estos instrumentos permiten “tener una metodología respecto al respaldo de los resultados obtenidos en los distintos ensayos, incluyendo aquellos que donde los resultados no han sido los esperados. El cuaderno de laboratorio se constituye en una herramienta de trabajo de alto valor  tanto para el investigador como para el laboratorio”. En ese sentido, si se usa correctamente, esta herramienta permite niveles de responsabilidad del investigador, como también de los jefes de laboratorio, que son los encargados de velar que el cuaderno sea trabajado en forma segura, “para no perder la información y la confidencialidad asegurando el buen resguardo del conocimiento que podría llegar a ser una valiosa contribución al desarrollo del centro tecnológico o de la empresa y, por qué no decirlo, de beneficio para todo el país”. Precisamente el uso de estos cuadernos será un tema importante dentro del workshop de hoy que se llevará a cabo a las 16.00 horas en el Salón Institucional de la Fundación Ciencias para la Vida, calle Zañartu 1482, en la comuna de Ñuñoa.

Fuente: http://www.redciencia.cl/
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José Carlos Vaz e Dias

ENGLAND FINDS ITS WAY IN BRAZIL: CLOSER TIES

It seems that the English has found again its way into the Brazilian market. After assisting Rio de Janeiro to be a host city for the Olympic Games in 2016, against strong competitors like Chicago and Madrid, and the recent successful Paul McCartney Tour in the city of São Paulo, the representatives of the United Kingdom Industrial Property Office (UKIPO) arrived in the city of Rio de Janeiro for a good mission: participate in the “INPI UKIPO Collaborative Agreements Workshop” on November 17 and 18.

Such Workshop aimed to present and discuss the Lambert Toolkit , which was developed in the United Kingdom to foster and facilitate university and business technological collaborations. This tool follows five basic models of research collaboration agreements that cover common scenarios in collaborative negotiations. It was presented to the Brazilians as an instrument to speed up negotiations and resume satisfactorily agreements involving universities, public research centers and companies.

This Toolkit was very much welcomed in view of the existing scenario pro innovation in Brazil, mainly set out by the Innovation Law (Law 10,973/2004). Nowadays, most of the restrictions to joint collaboration (universities and companies) were phased out and the property on an invention developed under such agreements does not belong necessarily to the university. Further to that, financing, subsidies and grants are secured to those who produce innovation.

The Workshop was very well attended by local companies such as PETROBRAS, EMBRAPA and the renowned University of Campinas, the University of São Paulo, the Federal University of Santa Catarina, the Federal University of Minas Gerais and the Federal University of Rio de Janeiro, among others.

The leaders of the Workshop were composed of 2 representatives of INPI (Mrs. Lia de Medeiros and Mr. Júlio Castelo Branco), 1 representative of the UKIPO (Mrs. Nancy Pignataro) and the attorneys Christine Reid (Northwood Reid Partners), Charlotte Crowhurst (Potter Clarkson LLP), Evelyn Montellano (Meyer Brown) and José Carlos Vaz e Dias (Di Blasi, Parente, Vaz e Dias Advogados & Associados).

After the success of the Workshop, the intention of INPI and UKIPO is to organize 2 road shows to evidence that Brazil has more than coffee, bananas and football. The UK seems to be very interested in the local innovations. Therefore, a road show will take place in London next year for those Brazilian companies and universities keen on showing their technical developments and seeking partnership. Afterwards, the show will be in Rio de Janeiro for the English.
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Monday 22 November 2010

Patricia Covarrubia

Time for a coffee? The next Brazilian DO

    No comments:
Last Friday, Nov 19, the coffee producers in the Cerrado Mineiro submitted an application form to the Brazilian Instituto Nacional de Propiedad Industriale (INPI) to obtain Designation of Origin (DO) for their coffee. The coffee Cerrado Mineiro enjoys indication of source (IS) already -- granted by INPI back in 2005.

Both IS and DO are variations of Geographical Indication. However, DO is more complex and as such more valuable since it requires proof that the quality of the product comes from natural or human factors.

The Federation of Coffee Growers of Savannah, brings together more than 2,500 producers, and the Cerrado Mineiro annually produces five million bags of coffee (70% sold abroad).

On August this year, INPI granted the first Denomination of Origin to a Brazilian product. There is also another DO application pending for a national product: ‘Vale dos Vinhedos’(reported here).
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Sunday 21 November 2010

Patricia Covarrubia

Goodies from a friendly Journal

    No comments:
The December issue of the Journal of Intellectual Property Law and Practice published by Oxford Press brings us two pieces of IP issues in Latin America:

1.- Traditional knowledge products in Latin America and their misappropriation by Marcelo A.G. Bardi, Evelyn Gutiérrez-Oppe, and Rodolfo Politano; and
2.- IP Provisions of the EU-Central America Association Agreement and Development Issues by Enrico Bonadio

You can access the full table of contents here.
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Friday 19 November 2010

Patricia Covarrubia

“THE CHALLENGES OF SECURING INTELLECTUAL PROPERTY RIGHTS IN EMERGING MARKETS”

    No comments:
The so-called BRIC countries (Brazil, Russia, India and China) are holding an IP FORUM in Rio de Janeiro, Brazil from the 2nd until the 5th of December. The title of the forum (title of today's post) appears to invite the audience to be aware of the IP system in these countries.

Speakers are mostly advocates and also officers from Trade mark/Patent Institutes. Apart from the issue of these four countries, there is going to be three more general sessions regarding IP in Latin America. For these sessions lawyers from Argentina, Chile, Colombia, Uruguay, Paraguay and Venezuela will discuss hot topics such as: trade mark fair use, parallel imports and border measures.

Registration is now open.

You can examine the program here.
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Thursday 18 November 2010

Jeremy

Costa Rica musicians demand respect for copyright -- and a share of the cake

 Ofelia Taitelbaum
A group of Costa Rican musicians massed in front of the Costa Rica Ombudswoman’s Office yesterday to demand payment of royalties, recognition of copyrights and respect for the rights of musicians as workers. According to Tico Times:
"Live music, ranging in style from acoustic folk rock to cumbia, floated over the Ombudswoman’s Office Wednesday as a diverse group of musicians gathered to present a complaint regarding disrespect of copyright laws in Costa Rica [IP Tango hopes that the music in question was cleared for performance in public ...].
The group of well-respected national artists claimed that the Arias administration’s policies on intellectual property rights were too lax, and called for payment of royalties and recognition of musicians’ rights as workers. ...
The group of musicians wants businesses like radio stations, restaurants and hotels to pay royalties – in the form of a percentage of the businesses’ earnings – for the music they play [This is an interesting proposition. Businesses that file tax returns tend to minimise taxable income, and from those businesses that escape or ignore the tax net it is hard to obtain any figures anyway. Are the musicians thinking of a percentage of the gross, perhaps? One can see the hoteliers and restaurateurs holding a demonstration of their own, if that's the case], and are requesting that Ombudswoman Ofelia Taitelbaum arrange for negotiations among the artists, businesses and the Legislative Assembly. ...
While Costa Rica is a signatory to five separate international copyright conventions and treaties, Taitelbaum wants to avoid legal action. Instead, she hopes to find a compromise between artists and business owners [Such compromise agreements are preferred by governments: if and when they break down, each side blames the other, or less frequently itself, but not the government].
“We’re going to try to bring both sides together to make a compromise,” Taitlebaum said. “If not, we’ll have to satisfy the law.”
No specific plans for a formal, moderated meeting involving both musicians and business owners had been announced as of press time".
Source: "Costa Rican Musicians Demand Respect of Intellectual Property Laws", by Nate Perkins, for Tico Times here.
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Tuesday 16 November 2010

Jeremy

Iron Maiden fails to cancel clothing mark in Chile

Nightmares, perhaps -- but no bad faith
In July of this year Chile's Intellectual Property Court upheld the dismissal of Iron Maiden Holdings Limited's cancellation action against Horacio Humberto Mardones Contreras' 1994 registration of the mark IRON MAIDEN for all goods in Class 25. The company -- the holding company for the British rock band Iron Maiden -- based its cancellation action on Chilean law and Article 6bis of the Paris Convention. While the claims under Chilean law were barred by a five year statute of limitation, the company maintained that no such limitation governed claims under Article 6bis, since the Convention states that “no time limit shall be fixed for requesting the cancellation…of marks registered in bad faith”.

The Intellectual Property Court didn't need to rule on that issue, since the company failed on the facts: it had not established the fame of its own mark or the bad faith of the defendant, both of which were requirements under Article 6bis. There was evidence enough that Iron Maiden was a well-known rock band, but this did not mean that its reputation extended to goods in Class 25. Accordingly it could not be presumed that the defendant registered the mark IRON MAIDEN in bad faith.

Source: note, "IP Court Raises Bar for Cancellation Under Paris Convention Article 6bis" by Francisco J. Silva Dorado, Silva & Cia., Santiago, published in the INTA Bulletin, 15 November 2010, Vol. 65, No. 20
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Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Malasia y Chile firmaron Tratado de Libre Comercio (TLC)

En Yokohama, Japón, durante la cumbre anual de la Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC 2010), en reunión al margen, Chile suscribió el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Malasia, que tuvo diez rondas de negociaciones previas y tres años de trabajo, cuyas tratativas concluyeron en Mayo del presente año.


La suscripción del TLC significa para Chile que el 95% de sus productos, incluyendo los productos agrícolas, van a poder entrar con cero tarifa al mercado de Malasia. Progresivamente durante los próximos cinco años el 100% de sus productos podrán ingresar a ese mercado asiático con arancel cero, generando beneficios para ambos países. El intercambio comercial fue de 230 millones de dólares durante el 2009.

El proceso de negociación se inició en diciembre de 2005, durante la Cumbre del Foro APEC celebrada en Corea, por el entonces Canciller Ignacio Walker y la Ministra de Comercio Internacional de Malasia, Rafidah Aziz, quienes anunciaron el inicio de un Estudio de Factibilidad para determinar la viabilidad de un Tratado de Libre Comercio (TLC) entre ambos países. 
 
Este es el primer TLC que firma el Jefe de Estado chileno Sebastián Piñera desde que asumió su cargo a comienzos de año, y pasa a integrar la lista de Acuerdos Comerciales suscritos por Chile (21)

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Sunday 14 November 2010

Patricia Covarrubia

Heroic victory for action figures

    No comments:
A dispute over the transformers.cl web address was recently resolved in Chile. The web page was registered by an individual before NIC Chile and after some digging I found out that the web page was used as a message board, posting ‘bit and bots’ relating to the transformer toys and also where you could watch episodes from the transformer series.

The firm Baker & McKenzie in Chile, representing Hasbro Inc brought arbitration proceedings before Chilean domain name registry NIC. After five months the firm secured the transformers.cl web address for toy manufacturers Hasbro, after putting on the table strong arguments inter alia, transformer enjoys international fame and notoriety and that the trade mark was registered in Chile back in 1994 in more than one class.

More information here and here.
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Friday 12 November 2010

Patricia Covarrubia

You lost your chance! use of pipeline system

    No comments:
Last Tuesday, November 9, 2010, the Fourth Chamber of the Superior Court of Justice (STJ) in Brazil confirmed the findings of the Instituto Nacional da Propriedade Industrial (INPI) on pharmaceutical patents filed before the current Law on Industrial Property (9279/96).

The current Law created the pipeline system to protect patent applications made in the pharmaceutical sector which previous legislation prohibited. Therefore, according to INPI, earlier requests (before the current law) that did not use the pipeline system could not generate protection.

In the present case the University of Arkansas (USA) tried to obtain a patent for use of conjugate vaccines, whose application was in 1992 (under the old law this was not possible). Therefore, with the entrance of Law 9.279/96, the University should have used the pipeline to achieve protection, but as it did not, the request was rejected by INPI.
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Thursday 11 November 2010

Gilberto Macias (@gmaciasb)

Colombia: Sobe el pago de los derechos de autor

Gracias a Carolina Calderón, nos enteramos de que en Colombia hay personas que reclaman indebidamente a los establecimientos que difunden música y videos, el pago correspondiente “supuestamente” a los derechos de autor de las obras reproducidas.

Pues bien, el Gobierno colombiano ha decidido poner fin a ello y mediante el Decreto 3942 de octubre de 2010, regula la forma en que deben pagarse los derechos de autor

“El cobro y gestión individual de los derechos de autor sólo podrá ser adelantado por el artista o titular de los mismos, y no por firmas o particulares supuestamente autorizadas para esta labor”

Malyns Reyes, representante de Sayco Acinpro en Cartagena, ha señalado que: “Con la reglamentación nacional se pone freno a sociedades y personas que de manera ilegal atacaban los intereses de sus asociados, ya que estaban recaudando los derechos de autor sin tener en cuenta los mecanismos legales para protegerlos”.

Cualquier persona que haya pagado o que le hayan reclamado dicho pago, puede ponerse en contacto con la Dirección Nacional de Derechos de Autor para resolver sus dudas.
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Natalia Franco Onofre

Brasil, Ecuador, México y Paraguay: Propuesta de Tratado ante el SCCR


El Comité permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos (SCCR por sus siglas en inglés), parte integrante de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), está reunido desde el pasado 8 de noviembre y hasta el día 12 de éste mismo mes, en un nuevo intento por avanzar en las propuestas relacionadas con la mejora en el acceso global a las obras protegidas por Derechos de Autor.


Uno de los temas neurálgicos que se tratarán en ésta reunión es el de las limitaciones y excepciones en favor de las personas con discapacidad visual y otras discapacidades para la lectura de obras protegidas. En relación con éste tema se han presentado cuatro propuestas por parte de Brasil, Ecuador, México y Paraguay (SCCR/18/5), Estados Unidos (SCCR/20/10), el Grupo Africano (SCCR/20/11) y la Unión Europea (SCCR/20/12).


A éste respecto vale la pena resaltar la propuesta formulada por las delegaciones de Brasil, Ecuador, México y Paraguay en el mes de mayo de 2009, dentro del marco de la Decimoctava Sesión del SCCR y que se fundamenta en la propuesta presentada por la Unión Mundial de Ciegos.


Tal y como se desprende de la lectura del artículo 1 del Tratado, dicha propuesta está encaminada a la proporción de “(…) flexibilidades mínimas necesarias en las leyes sobre derecho de autor para garantizar el acceso pleno y en igualdad de condiciones a la comunicación y la información para las personas con discapacidad visual y con otras discapacidades para la lectura de obras protegidas por derecho de autor, centrándose en particular en las medidas necesarias para publicar y distribuir obras en formatos que sean accesibles a las personas que sean ciegas, tengan poca visión, o tengan otras discapacidades para leer textos, con el fin de apoyar su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás, y garantizar la oportunidad de que desarrollen y utilicen su potencial creativo, artístico e intelectual, no sólo en beneficio propio, sino para el enriquecimiento de la sociedad.”


De acuerdo con lo indicado por las delegaciones proponentes, el mencionado Tratado podría facilitar el intercambio de obras en formatos accesibles entre las organizaciones al servicio de las personas con discapacidad visual, finalidad que se encuentra íntimamente vinculada con los principios de otros Tratados y Convenios Internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad.

En la última sesión del SCCR, celebrada el pasado mes de junio, las delegaciones de de Brasil, Ecuador, México y Paraguay formularon una propuesta de calendario para la adopción del Tratado, la cual incluye un plan para los debates y las negociaciones y que tiene como objetivo la adopción del mismo en la primera mitad del año 2012. De conformidad con las conclusiones de ésta sesión, una vez examinada la mencionada propuesta de calendario, el SCCR decidió encaminar sus esfuerzos hacia el establecimiento de un instrumento jurídico internacional en el que se tengan en cuenta las cuatro propuestas presentadas y arriba referenciadas. (Para más información ver SCCR/20/13)

Habrá que estar atentos a las conclusiones que se deriven de la reunión que está teniendo lugar por éstos días y que podría ser el inicio de una nueva política de limitaciones y excepciones al Derecho de Autor que beneficiaría a las personas con discapacidad visual y demás discapacidades que impiden el acceso a los textos impresos comunes.

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Wednesday 10 November 2010

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Primera Denominación de Origen Dominicana: Café de Valdesia

Café  de Valdesia es la  primera Denominación de Origen protegida de la República Dominicana que ha sido  recientemente registrada en la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).  Se trata de una variedad del  fruto del cafeto cultivado en las principales zonas cafetaleras de las provincias Ocoa, Peravia y San Cristóbal, obtenido y transformado mediante procesos artesanales y mecánicos derivados de la cultura histórica de la región, con sujeción a su pliego de condiciones, para la conservación de las características físicas, químicas y sensoriales que le dan su valor.

La gestión de los productos amparados por este signo distintivo corresponderá al Consejo Regulador de la Denominación de Origen Café de Valdesia,  conformado por productores, beneficiadores, exportadores e industrializadores de café de la región.
Los permisos de uso serán otorgados exclusivamente por el Consejo Regulador a favor de los usuarios registrados, siempre que cumplan con los requisitos y normas establecidas en el pliego de condiciones y el reglamento de uso y administración. Los permisos de uso son concedidos por partidas, lotes o líneas de producción, mediante certificados escritos que son expedidos luego de verificar la conformidad del producto respecto del pliego.

El Consejo Dominicano del Café (CODOCAFE) es la autoridad nacional competente en materia de café que ejecuta la función de certificación del “Café de Valdesia” a través de su Departamento de Mercadeo y Certificación, el cual consta de una División de Certificación, una División de Verificación y el Laboratorio Raúl H. Melo.
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Jeremy

New .br dispute resolution bypasses the courts

On 30 September, NIC.BR (“.BR” Information and Coordination Entity) -- the entity responsible for the registration and maintenance of domain names in Brazil, published a regulation for resolving internet conflicts related to .br domain names via the Administrative System of Internet Conflicts (SACI-Adm). This system seeks to provide an alternative means of resolution of disputes involving the owners of .br domain names and third parties regarding the legitimacy of the domain names' registration, replacing the courts.

SACI-Adm cannot  analyse or judge indemnification requests arising from the conflicts. Its governing regulation states that every domain name registered from 1 October 2010 will automatically adhere to this new system, which may be used whenever a domain name is registered in bad faith, causing damage to the title holder, given the use, without due cause, of an identical or similar term to (i) a Brazilian trade mark registration or application; (ii) a famous trade mark, even though it has not yet been filed in Brazil or (iii) a company name, civil name, family name, famous nickname, artistic name or even another domain name, previously registered, owned by the claimant.

The resolution of these disputes will be conducted by accredited institutions before NIC.BR. At present this means only the Brazil-Canada Chamber of Commerce (here), this being the only institution currently authorised to implement the new scheme. The main advantage of SACI-Adm is that it will accelerate the dispute resolution procedure, given that the new regulation requires that the procedure be completed within 90 days after it has began. This term may be extended, based on the discretion of the accredited institution, as long as it does not exceed 12 months.

Source: Newsletter GLPI, 3 November 2010
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Monday 8 November 2010

Aurelio Lopez-Tarruella Martinez

OLPC in Latin America

While politicians discuss on the need to adopt new international rules to ensure the effective the enforcement of intellectual property right (e.g. ACTA and similar initiatives), this "IP Tanguero" believes that digital technologies do not only facilitate the illegal copy of intellectual creations but also facilitate the dissemination of knowledge and technology transfer. It is my opinion that there are not enough initiatives by public authorities in this direction.

One exception is the project "One Laptop per Child" (OLPC) whose leader is Nicholas Negroponte (MIT Medialab). Basically, the idea of Negroponte is to bring laptops at a reduced price (100 $) to children in less developed countries. In the near future, the laptop will be substituted by a tablet of 70-80 $.

As Negroponte explains in this interview for El Pais (in Spanish), the project is being particularly a success in Latin American countries such as Perú and Uruguay (a review of all OLPC projects in the world in available here). In this countries, there governments are strongly promoting the distribution of these laptops in primary and secondary school and they are organizing seminar to train teachers and students on their use.

From the point of view of Intellectual property, the most interesting aspect of the project is that, as Negroponte says, the laptop work with Linux, an operating system that, as most of the members of our audience know, is released under a free software license, the GPL. This is a great victory of the free software/culture movement and for the dissemination of knowledge. Some Western governments (Spain?) should learn from initiatives like this one and avoid getting everyone lock into proprietary softwares. In any case, I'm not completely sure about Negroponte assertion. Is it really like this? Aren't there OLPC laptops in certain countries that work with Windows?


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Saturday 6 November 2010

Patricia Covarrubia

TLC between the EU and Peru/Colombia: Legal review will come to an end

    No comments:
According to the Ministry of Foreign Trade and Tourism (Mincetur), next week Peru will culminate the process of legal review of the text of the Free Trade Agreement (FTA) between the European Union (EU) and Peru and Colombia.

In this regard, the Minister of Foreign Trade, Carlos Posada, notes that the Peruvian legal team has been progressively advancing in the legal review of the text, which according to him, is expected to close next week.

The Peruvian newspaper ‘La Republica’, also reports that Colombia will be holding next week, the fourth meeting of legal review of the said text. However, it mentions the complexity of the process for its counterpart: the EU, since they cover 27 countries that have to translate the text into their various languages.

I cannot wait to see the actual FTA. Last March I spoke about this FTA in a seminar hold at the University of Alicante, subsequently I also attended a conference in the US where I too dealt with some of the situations regarding the IP section of this Agreement. In addition, last week I submitted a paper in the Journal of Intellectual Property Law for consideration regarding the section of Geographical Indications of this FTA. As you can guess, I am pretty much anxious to see whether the text has been modified or has been kept the same as in the draft; but more importantly, my concerns is what will be the reaction of the Andean population when the text is finally disclosed and put into action.
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Friday 5 November 2010

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Séptima ronda de negociaciones del TLC Chile-Vietnam


En Santiago de Chile, entre el 10 y 11 de noviembre tendrá lugar la séptima ronda de negociaciones entre Chile y Vietnam para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio (TLC). Se trata de un acuerdo que  que se desarrollará por etapas (igual que el suscrito entre Chile y China). En esta etapa se está negociando el comercio de bienes, quedando el comercio de servicios para la segunda etapa.

La suscripción del acuerdo ha tenido un retraso por las controversias relacionadas con el tope en las listas de desgravación de productos y materias vinculadas con las barreras arancelarias, según informaron  el embajador de Chile en Vietnam, Fernando Urrutia y su homólogo vietnamita en Chile, Nguyen Van Tich. Respecto al tope que generan las barreras arancelarias según lo informado por el embajador de Vietnam, la limitante es más aparente que real pues "no es que no sea cierto, pero puede que se genere un malentendido. Tener los aranceles que se quiera es una potestad de cada país, Chile tiene un arancel de 6% casi parejo", según aclaró el Director de Asuntos Bilaterales de la Direcon, Rodrigo Contreras. Explicó que en su entendido el retraso es producto del "acucioso análisis que se lleva del tratado", quien agregó que ambos países están con una muy buena disposición y reconoce que las conversaciones están bastante avanzadas. No obstante, advierte que "en la parte final, que es el balance de la negociación comercial, todavía no se logra un acuerdo satisfactorio para ambas partes". El funcionario espera que en la ronda de noviembre se logre consenso y se consiga un acuerdo para poder firmar el TLC durante el primer semestre del próximo año.




Sobre los productos que se pretenden incorporar al tratado, Contreras declinó referirse dado que "son temas de la negociación que está en curso".
Con la firma del TLC, se espera una tasa de crecimiento en el intercambio comercial similar a la que se mantiene con el resto de los países asiáticos con los que se ha firmado acuerdos, "similar al de China, Japón y Corea del Sur, por sobre un 20% de incremento" anticipó Contreras.

Chile a esta fecha tiene veintiún Acuerdos comerciales suscritos.

Fuente: El Diario Financiero www.df.cl
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Patricia Covarrubia

Brazil: good growth in generic biz ahead

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More than 20 drug patents to expire in the next two years and laboratories are looking for a market over $ 1 billion, said Brazilian National Association of Laboratories (alanac).

There is no doubt that someone is benefiting from the expiration of patents, here is what Alanac said: “The generic Viagra may become the drug with the highest turnover of the segment in the country in 2011.”

Pfizer lost its patent in June 2010 (a decision held by the STJ, posted here). The generic drug therefore, has been sold and marketed for only a few months and since its launch sales are growing at around 20% per month, the President of Pro-Generic, Odnir Finotti explains. He continues, “If we do not have large fluctuations, the total volume of business in 12 months for Viagra will be at least $ 84 million... But if the growth trend continues, sales of the drug could reach $ 150 million at the end of one year”.
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Thursday 4 November 2010

Patricia Covarrubia

Brazil: Defending Public Health

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18/10/2010, Geneva. Brazil, India and South Africa joined forces to reject pressure for the extension of intellectual property rights and called for effective use of flexibilities such as compulsory licensing.

The position was manifested in a crowded seminar promoted by these three countries for the international community. The seminar also addressed ‘legal confusion’ between generic and counterfeit drugs.

Brazilian Ambassador Maria Nazareth Farani Azevedo explained that "Counterfeit drugs are a serious problem. Nobody is here to promote the sale of counterfeit or to promote the sale of any medication to the detriment of the human right to health".

The Brazilian position is to combat counterfeit medicine as a crime against public health, and not the private right, said Erika Vega, representative of the National Health Surveillance Agency (Anvisa).The agency reported that in 2009, it has made over 53,000 arrests and confiscated over 235,000 tons of unregistered drugs.

According to the organization Doctors Without Borders, which operates in over 60 countries, explained that the price of medicines is central to combating counterfeit, but also added that "competition is as important as the production of generics."

The news reported that “some participants did not hide their surprise at the price of generics in Brazil, considered very expensive for a country that seeks to exercise leadership in the area.” The information refers to an article written by the American scholar Robert Naiman published in the "Press Review" of the WTO, in which the author “urges Brazil to be more forceful and effective leader for access to essential drugs. If Brazil strongly promoted the production of generic alternatives, this would result in lower prices for the country and lower for other countries".

Interfarma, the entity that represents the pharmaceutical industry, explained that there is not such a thing as a war against generics. On the contrary, the pharmaceutical industry wants to do a mix of brand-name drugs, generics and the like, and wants to ensure the safe and effective product.

Source abifina
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Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Noel vence a Noe en conficto de marcas en Colombia

Un litigio marcario en torno a las galletas se ha resuelto en Colombia mediante fallo que sostiene que si en un sintagma existen denominaciones genéricas no deben ser consideradas en forma exclusiva para evaluar el riesgo de confusión entre los signos en conflicto, sino sólo ponderarse sus elementos dominantes distintivos.
En los hechos, la marca "Condimentos Noe Puro" fue registrada en la  SIC (Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia)  que, mediante resolución número 12294 de 2003, rechazó por infundadas las oposiciones al registro efectuadas por la empresa Galletas Noel S.A. La Superintendencia encargada de la llevanza de los registros basó su resolución en que entre la "impresión en conjunto del signo 'Noe' y la marca 'Noel' no se advierten semejanzas que generen confusión directa o indirecta", puesto que la primera expresión hace referencia a un personaje bíblico que es de fácil recordación y el consumidor no lo confundiría con el signo Noel, término utilizado para identificar a Papa Noel." En cuanto a la gráfica la entidad estableció que la marca solicitada incluye un barco y que cada vela representa una letra de la palabra "Noe" lo que es suficiente para distinguir ambos productos.

No obstante Galletas Noel S.A. llevó el asunto al Consejo de Estado mediante una Acción de Nulidad y Reestablecimiento del Derecho instaurada contra las resoluciones de la SIC Nº 2294 de 30 de abril de 2003, 021981 de julio de 2003 y 022992 de 25 de agosto de 2003, mediante las cuales se concedió el registro de marca Noe Puro. Argumentó que se violó el artículo 61 de la Constitución Política el cual establece que el Estado debe proteger el derecho de un titular marcario. Sostuvo,además, que la expresión "condimentos" es genérica para clavos y canela y que "Puro" hace referencia a una cualidad de los productos de la clase 30 Internacional de Niza: café, te, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo, por lo que esa genericidad obliga a comparar Noe directamente con Noel.

El Consejo de Estado en proceso número 11001032400020040004401 determinó que las dos marcas en conflicto "Condimentos Noe Puro" y "Noel" cubren productos comprendidos en la clase 30 del nomenclátor de Niza, incurriéndose en el primer requisito de irregistrabilidad contemplado en el artículo 136 literal a) de la Decisión 486 de la Comunidad Andina sobre régimen común de Propiedad Intelectual (de la que Colombia es parte), referente "a la identidad o relación entre los productos que se pretender proteger con el signo".

Además y conforme con la interpretación prejudicial del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina resuelta en el iter de este caso ( Proceso19-IP-2009) a requerimiento del Consejo de Estado, se determinó que al comparar las marcas en litigio, el juez debe identificar cuál es el elemento predominante, si el denominativo o el gráfico y sobre este realizar la comparación para establecer el riesgo de confusión. Así las cosas, las palabras de uso común, las genéricas o descriptivas pertenecen al dominio público y por lo cual no deben ser tenidas en cuenta de forma exclusiva por un titular marcario y quitarlo del uso general. Esta interpretación fue utilizada por el Consejo de Estado para resolver que las expresiones "Condimentos" y "Puro" son genéricas, y por lo tanto para hacer la "comparación entre los signos no se tendrán en cuenta", dejando el cotejo sólo entre las vocablos "Noe" y "Noel".

Sobre estos antecedentes, la Sala encontró que los signos enfrentados, son semejantes desde el punto de vista fonético, gráfico, visual, ortográfico y auditivo y la única diferencia es que "Noel" termina con la legra "L" lo que da poca diferencia en las marcas.

Finalmente, el Consejo de Estado determinó que si bien la expresión "Noe" es un nombre de un personaje bíblico y "Noel" es una palabra de uso común para evocar la navidad, "las semejanzas existentes entre los signos son determinantes para generar riesgo de confusión, porque además son de la misma clase 30 internacional, por lo que el consumidor puede fácilmente incurrir en esta, sobre el origen y la calidad de los productos y además se afectaría el derecho de quien era el titular de una marca".

Por lo tanto, se decidió anular las resoluciones de la SIC al considerar que los signos "no pueden coexistir pacíficamente en el mercado" al generar riesgo de confusión en el público consumidor y  ordenó la revocación del registro.
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Wednesday 3 November 2010

Gilberto Macias (@gmaciasb)

Congresos Internacionales UAIPIT

Como adelantamos hace ya tiempo, nuestros amigos de UAIPIT han organizado su II Congreso Internacional.

En ésta ocasión contarán con la participación expertos nacionales e internacionales, permitiendo la especialización y actualización en materia de Propiedad Industrial e Intelectual, Sociedad de la Información y Resolución de conflictos por el Derecho Internacional Privado.

El programa del congreso estará enfocado en las controversias surgidas en el entorno digital, analizándose los distintos tipos de infracciones de propiedad intelectual e industrial, los vacíos legales, las cuestiones jurisprudenciales más controvertidas, permitiendo un foro único de reflexión sobre la digitalización de obras, las descargas en Internet, el intercambio de archivos en las redes P2P, los nuevos modelos de negocio y las redes sociales, los problemas de plagio en la televisión, las infracciones de marcas en el entorno digital y la polémica relativa a la protección del software y los métodos de hacer negocios.

El enfoque será en todo momento práctico y de carácter participativo.

Aunado al interesante temario preparado, el Proyecto UAIPIT otorgará su distintivo a D. Alberto Casado Cerviño, Director General de la Oficina Española de Patentes y Marcas, en reconocimiento a su contribución a la protección de la propiedad industrial y el apoyo al proyecto UAIPIT.

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Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

ONAPI dominicana y Promipyme acuerdan cooperación institucional

La Oficina Nacional de la Propiedad Industrial de República Domicana (ONAPI) y el Consejo Nacional de Promoción y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (PROMIPYME) firmaron un acuerdo de cooperación para implementar acciones conjuntas dirigidas a mejorar el ambiente de negocios y las condiciones de competitividad de las micros, pequeñas y medianas empresas (Mipyme) del país. 
El acuerdo propende a fortalecer las empresas existentes y a promover su nacimiento y desarrollo a través del uso de la propiedad industrial, para contribuir generar valor agregado a los productos con diferenciación en los mercados internacionales poniendo barreras de entrada a la competencia.
Con todo, el objetivo principal es dar cumplimiento a lo establecido en la  Ley 488-08 que establece un Régimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) Publicada en G. O. No. 10502, del 30 de diciembre de 2008, y que en su artículo 19 se refiere a la creación de la ventanilla única, propiciar las condiciones para implementar programas en el sector de las MIPYMES tendentes a agregar valor a los productos y servicios nacionales y fomentar el espíritu emprendedor e innovador entre sus miembros y relacionados para lograr el nacimiento de nuevas empresas que coadyuven  al desarrollo económico y social que requiere la República Dominicana.

El convenio de cooperación firmado el 29 de octubre tendrá una duración de dos años. 

Fuente: http://elnuevodiario.com.do
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Tuesday 2 November 2010

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Seminario Regional sobre planificación estratégica y sistemas de gestión de calidad en oficinas de propiedad industrial

Hoy comienza el primer "Seminario Regional sobre planificación estratégica y sistemas de gestión de calidad en oficinas de propiedad industrial", en el que participarán más de 20 países iberoamericanos, organizado por la OMPI, la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID) y la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) y tendrá lugar en la sede del Centro de Formación de la Cooperación Española en La Antigua, Guatemala.  Durará hasta el 5 de noviembre.

Fuente: http://www.larepublica.com.co
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Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Licencias Creative Commons disponibles en Costa Rica

El 31 de Octubre, Cultura Libre hizo el lanzamiento oficial de las licencias Creative Commons de Costa Rica. Este evento representa la culminación de un proceso en el que participó un equipo de personas de distintas instituciones (Universidad de Costa Rica, Cooperativa Sulá Batsú y la Red Costarricense de Software Libre) y que ha logrado que Costa Rica pase a integrar el grupo de más de 50 países afiliados a este sistema alrededor del mundo.

Creative Commons International es una organización sin fines de lucro, dedicada a facilitar el intercambio y la construcción colectiva sobre el trabajo cultural de las personas, de manera armónica con las leyes de propiedad intelectual.

El origen de las licencias Creative Commons (CC) está en el año 1998 cuando el Congreso de los EE.UU. aprobó la extensión de la duración de los derechos de autor en 20 años a través de la Copyright Term Extension Act (CTEA). Como respuesta a esta norma, el editor Eric Eldred llegó hasta la Corte Suprema norteamericana defendiendo algunos derechos constitucionales, representado por el abogado y profesor de derecho de la Universidad de Stanford Lawrence Lessig. Aunque Eldred perdió el caso, decidió junto con Lessig aprovechar los esfuerzos invertidos, para desarrollar un proyecto al que denominaron Creative Commons. Frente a los hechos legislativos consumados, el proyecto buscó utilizar la ley vigente de una manera más flexible devolviendo el equilibrio entre el autor y el  usuario.Uno de los proyectos de esta organización (que lleva el mismo nombre) son las Licencias Creative Commons, consistentes en seis textos estándar, acompañados de otros menos utilizados disponibles en la web CC. En esencia, estos textos sirven para que un autor pueda autorizar algunos derechos sobre su creación en unas condiciones determinadas reservándose el resto de los derechos.

Las herramientas de CC proveen a todas las personas, sin distinción de ninguna clase, para que de una forma simple y estandarizada concedan permisos de copyright a su trabajo creativo. Las licencias permiten a las personas cambiar de manera simple los términos establecidos en el copyright, desde  el absoluto “todos los derechos reservados” al más flexible “algunos derechos reservados”. 

Así, las licencias de CC no debe ser entendidas como una alternativa a la legislación vigente sobre propiedad intelectual  (en el sentido de ser una opción excluyente de un modelo por otro) sino que trabajan en conjunto, de forma que los titulares de los derechos pueden modificar sus términos de copyright para amoldarlos mejor a sus necesidades de cada caso.Dicho de otra forma,  es un modelo jurídico que facilita la distribución de contenidos dejando atrás el paradigma paternalista que protege a los autores y creadores por defecto, en una lógica todo o nada, sin posibiilidad de disponer de sus bienes inmateriales. Permite que sean los propios creadores quienes especifiquen libremente cuáles de sus obras se pueden distribuir, copiar o modificar, sin que quien lo haga tenga que pedirles autorización cada vez. Si un creador quiere estar protegido por el derecho de autor, por disposición legal, la norma actúa supletoria y automáticamente en reemplazo de la voluntad del autor desde el momento mismo de su creación, sin que deba  cumplir ninguna obligación salvo con la carga de registrar para preconstituir prueba respecto de su obra.En cambio, si un creador quiere proteger sólo ciertos derechos (de aquellos no irrenunciables), y permitir que su obra pueda ser traducida a otro idioma, (por ejemplo) el sistema de derecho de autor, por defecto, no lo permite, pues  el sistema legal le reserva todos los derechos sobre ella, mediante una presunción.De esta forma el peso de la prueba de las autorizaciones recae en el usuario porque todos los derechos del autor quedan reservados para él. Mediante algunas de las licencias CC se pueden evitar estas cortapisas absolutas, y asegurar a los autores que su obra pueda ser reutilizada con las limitaciones que él mismo desee, que parten desde la mera atribución o reconocimiento de autoría, hasta la posibilidad de no permitir que se hagan obras derivadas a partir de la original, mediante un método digital intuitivo y una simbología que transmite las facultades y limitaciones de manera muy simple. 

Como el sistema coexiste con el del derecho de autor, Creative Commons International ha colaborado con expertos en propiedad intelectual de diversos países para asegurar que sus licencias tengan validez en todo el mundo sin entrar en conflicto con el derecho vigente, de manera que puedan coexistir. En este contexto, desde hace año y medio, un grupo de costarricenses trabajó bajo el nombre de "Cultura Libre CR" para introducir esta iniciativa al país centroamericano. Las licencias internacionales de Creative Commons han sido revisadas por expertos en propiedad intelectual de  Costa Rica y otros países, quienes las han traducido y revisado que no existan incompatibilidades con  la legislación costarricense. El proceso se inició formalmente en diciembre del 2009 con la firma de un acuerdo de entendimiento por la parte de la Universidad de Costa Rica y Creative Commons Internacional.

De Iberoamérica, Chile, Argentina, Brasil, Ecuador, México España y Colombia ya tienen sus versiones locales de las licencias CC.

Entre las últimas iniciativas de Creative Commons International,  el 12 de octubre recién pasado se lanzó el Public Domain Mark, que es un sistema de etiquetado de dominio público que permite que las obras libres de derecho de autor sean marcadas de una forma que claramente comunique su calidad pública, y permita que sean fácilmente encontradas en Internet, aumentando de manera efectiva el valor del dominio público haciendo que aquellas obras libres de derechos de dominio autoral sean realmente accesibles al público. La etiqueta hace patente la libertad para reutilizar el material, es decir, no deja lugar a dudas que no existe una obligación de no hacer que pese sobre la utilización de la obra que se encuentra en una posición de libertad de uso, más allá de las propias derivadas de la paternidad. En el mundo fue Europeana (biblioteca, museo y archivo digital de Europa)  la primera en adoptar este sistema de etiquetado. Europeana tiene entre sus socios el Rijksmuseum de Amsterdam, la Biblioteca Nacional de Francia y los Archivos Federales de Alemania.

Esta tendencia ya tiene derivados. De los mismos ideólogos de Creative Commons, surgió un proyecto dedicado exclusivamente a las publicaciones científicas denominado Science Commons y el más reciente CC Learn  sobre fomento de modelos abiertos dentro del sistema educativo.
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