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Thursday, 3 May 2012

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Sobreseen de imputación de plagio de "El Aleph" de Borges a escritor argentino

La acción penal por infracción de los artículos 72 y 73 de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual ejercitada por María Kodama, viuda de Borges en contra Pablo Katchadjian, autor de un texto intitulado "El Aleph Engordado", fue sobreseída por el juez de primera instancia del Juzgado de Inostrucción Nº 3 en lo Criminal Guillermo Carvajal.

En la resolución de dieciséis carillas, el juez determinó que no existe defraudación sobre la propiedad intelectual dado que el demandado no actuó en forma dolosa (ardid para obtener un beneficio). El magistrado consideró que no ocultó que la obra había sido “intervenida” y publicada por él fuera de Jorge Luis Borges, tanto en entrevistas posteriores a la publicación como en un postfacio a la edición en la que reconoce que el texto original de El Aleph le pertenece a Borges.

El tribunal desestimó convocar a los testigos de autoridad en teoría literaria y artística ofrecidos por la defensa, considerando el asunto como únicamente una cuestión de derecho. El plazo para apelar vence hoy. De existir apelación, la causa pasaría a Cámara, que decidirá si la sentencia queda firme o no. No obstante, el fallo deja a salvo el derecho de María Kodama puede accionar en sede civil por aplicación del artículo 80 de la misma ley 11.723, que contempla la reproducción sin autorización y el correspondiente resarcimiento.

El fallo estima que el acto de reproducción del texto de Borges es ilegal, mas no constitutivo de delito penal. De esta forma queda abierta la resolución que determine hasta qué punto modificar una obra de arte da por resultado una nueva de la que se puede adjudicar original autoría.

Según se informó en su oportunidad la heredera universal de los derechos de la obra de Borges había anticipado que accionaría judicialmente pues entendía que la reproducción del cuento, unas cuatro mil palabras, y la siguiente intervención por parte de Katchadjian –que intercaló oraciones propias para extender el texto original de Borges, aumentando hasta más del doble de palabras– era un delito por la reproducción sin autorización.

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Friday, 6 April 2012

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

María Kodama viuda de Borges acciona judicialmente por plagio de "El Aleph"

Ante la Secretaría Nº 110 del Juzgado en lo Criminal de Instrucción Nº 3 de Buenos Aires se ha presentado por María Kodama, viuda de Jorge Luis Borges (1899-1986), una acción judicial por infracción de los artículos 72 y 73 de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual contra Pablo Katchadjian, autor de un texto intitulado "El Aleph Engordado", una versión ampliada del famoso cuento "El Aleph" del fallecido escritor argentino, publicado en 1949, y reeditado en 1974.

Kodama ha demandado al autor argentino, de 34 años, por supuesto plagio, infracción que contempla penas de hasta seis años de cárcel, según informó el diario Clarín de Argentina.

El escritor imputado de plagio tiene una pequeña editorial llamada Imprenta Argentina de Poesía (IAP), donde editó 200 ejemplares de un texto en el que intervino “El Aleph” agregándole palabras, que desde las cuatro mil originales llegaron a nueve mil seiscientas, en una técnica de intertextualidad. Y lo tituló "El Aleph Engordado". El libro termina con una aclaración del autor: “el texto de Borges está intacto pero totalmente cruzado por el mío”. 

La viuda de Borges sostuvo que "[t]oma todo el cuento sin pedir autorización. Si uno usa algo que no es propio, lo mínimo que puede hacer es pedir permiso".

Normativamente los textos invocados en la acción judicial, según la información de prensa, son los siguientes:

"Art. 71. - Será reprimido con la pena establecida por el art. 172 del código penal, el que de cualquier manera y en cualquier forma defraude los derechos de propiedad intelectual que reconoce esta ley.

Art. 72. - Sin perjuicio de la disposición general del artículo precedente, se consideran casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que él establece, además del secuestro de la edición ilícita:

a) El que edite, venda o reproduzca por cualquier medio o instrumento, una obra inédita o publicada sin autorización de su autor o derechohabientes;

b) El que falsifique obras intelectuales, entendiéndose como tal la edición de una obra ya editada, ostentando falsamente el nombre del editor autorizado al efecto;

c) El que edite, venda o reproduzca una obra suprimiendo o cambiando el nombre del autor, el título de la misma o alterando dolosamente su texto;

d) El que edite o reproduzca mayor número de los ejemplares debidamente autorizados".

A su vez, el art. 172 del Código Penal argentino inserto en el Título sobre "Delitos Contra la Propiedad", Capítulo IV de las "Estafas y otras defraudaciones" dispone que: "Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño".

Fuente: EFE/ clarin.com
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Thursday, 9 February 2012

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Dos argentinos demandan propiedad intelectual sobre "Priceless" de Mastercard

Dos publicistas argentinos radicados en Paraguay, Luis Alberto Apesteguia y Luis Moreno, presentaron una demanda en Chile contra la administradora de tarjetas de crédito Mastercard por un supuesto plagio del eslogan que dio origen a la campaña más famosa de la compañía de los últimos tiempos ("Hay cosas que el dinero no puede comprar, para todo lo demás..."), que en su versión anglo se conoce como Priceless

Los publicistas crearon su campaña para la filial chilena de Mastercard, Bancard, el año 1994 y hoy buscan que la compañía de tarjetas los indemnice por el uso internacional que se le ha dado al comercial. 

El abogado Remberto Valdés (de la ciudad chilena de Concepción), que representa a los publicistas explicó que "desde el año 1994 nuestros representados, que son argentinos radicados en Paraguay, crearon la campaña publicitaria para Bancard, que es muy similar a la campaña internacional que ha realizado MasterCard, bajo el ala, de la reconocida agencia de publicidad McCann Erickson". Además, en su opinión  "la creación intelectual está a nombre de nuestros representados que dan cuenta de que tenemos la razón desde el punto de vista de la propiedad intelectual porque ese derecho, el de la creación, es imperecedero e imprescriptible entonces en el peor de los casos ellos tendrían que desistir de seguir usando la creación intelectual", sostuvo.

La cuantía de la indemnización demandada es cercana a los US$ 100 millones.

Por su parte Luis Apestaguia, uno de los demandantes informó que "desde 1997 la empresa ha sido notificada en varias ocasiones y por desconocimiento de mis derechos y la promesa de que sería compensado con grandes trabajos me pasé años esperando. Los interlocutores y representantes han ido cambiando y no he recibido nada por mis derechos de propiedad. Mientras, las promesas de compensación se fueron diluyendo". De acuerdo al diario BAE, MasterCard deslindó responsabilidades y sólo dijo que "para cualquier consulta vinculada a esta campaña, hay que comunicarse con McCann Erickson".

Según los demandantes, el eslogan original creado por los publicistas argentinos en 1994 decía: "Hay cosas que el dinero no puede comprar. Pero, todo lo demás, se compra con Bancard".

En tanto que la frase utilizada por MasterCard desde 1997, cuya autoría se adjudica la agencia de publicidad McCann Erickson, y por cuyas campañas recibió innumerables cantidades de premios reza: "Hay cosas que el dinero no puede comprar. Para todo lo demás existe MasterCard".

Fuentes: www.df.cl / iprofesional.com
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