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Friday, 3 February 2012

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Se rechaza registro Europeo de marca "La Victoria de México"

La compañía mexicana Cervecería Modelo ha sufrido un revés en el Tribunal General de la Unión Europea (Sala Segunda Asunto T-205/10) que ha confirmado la resolución de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) al rechazar el registro de la marca "La Victoria de México", esencialmente por riesgo de confusión con la marca "Victoria" de la empresa española Plataforma Continental, S.L oponente de la solicitud.

El registro se había solicitado para los productos y servicios comprendidos en las clases 25 (vestidos, calzados, sombrerería), 32 (cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas) y 43 (servicios de restauración (alimentación); bares, hospedaje temporal) del Arreglo de Niza. La oposición se basó en el registro español nº 1.648.564 de la marca denominativa anterior "Victoria" y en el registro comunitario nº 2.632.271 de la marca figurativa. El texto completo de la sentencia, en castellano, está disponible en internet.
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Wednesday, 13 April 2011

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Marca de vino chileno Toro de Piedra impedida de registro en Europa

El Tribunal General de la UE denegó hoy a la Sociedad Agrícola Requingua de Chile usar en el mercado europeo la marca "Toro de Piedra" para sus vinos, por considerar que hay riesgo de confusión con la Denominación de Origen española Toro (Zamora). La Justicia comunitaria dio la razón a la Denominación española y rechazó, en una sentencia, un recurso que había presentado la firma chilena, porque la Oficina europea de Armonización del Mercado Interior (OAMI) ya le había impedido el registro de "Toro de Piedra". El conflicto marcario comenzó cuando Requingua reclamó a la OAMI el reconocimiento de ese signo para distinguir bebidas alcohólicas.

El Consejo Regulador de la Denominación Toro se opuso por considerar que había riesgo de confusión con sus vinos y la OAMI avaló ese rechazo.

La sociedad chilena impugnó la decisión de la oficina europea ante el Tribunal General de la UE, y el tribunal de Luxemburgo en su sentencia (full text PDF-EN), desestimó los argumentos de Requingua y resolvió que ambos signos son globalmente similares. El Tribunal afirmó que al menos para una parte del público, los dos distintivos son "fuertemente similares desde un punto de vista conceptual", por incluir la palabra "toro" y con un grado medio de "similitud" en el ámbito fonético y visual. Añadió que como los productos en conflicto son idénticos y las marcas similares, la OAMI actuó acertadamente al denegar a la chilena su petición para registrar sus bebidas.
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