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Thursday, 12 April 2012

Jeremy

EPO, Brazilian INPI to cooperate

"Brazil and EPO to enhance co-operation on patents" is the proud title of yesterday's European Patent Office (EPO) media release which declares:
"With a view to supporting innovation through improved use of the patent system, the National Institute of Industrial Property (INPI) of Brazil and the EPO have today signed a bilateral agreement aimed at enhancing co-operation between the two offices. Amongst other activities, the INPI and EPO will, under the agreement, exchange patent documents in Portuguese and English to create bilingual text corpora for use in the free Patent Translate service on the EPO's website. This will facilitate the filing of patent applications by Brazilian companies in Europe and by European companies in Brazil.

This enhanced relationship between the two regions is reflected in the trends in recent filing figures. For example, applications filed by French companies with the Brazilian Office saw a 7.7% increase between 2010 and 2011, while those from German companies rose by 14% in the same period. In turn, the number of applications filed by Brazilian inventors and companies in Europe in 2011 was 8.9% up on the previous year [in theory this looks like solid evidence that Brazil has made the transition from a destination for other nations' technology to a genuine exporter of its own creativity -- but remember: if I have 11 cows and then acquire a twelfth, my herd has grown by 9%, whereas if I have 100 cows and acquire another 5, my herd has grown a meagre 5%. Thus 8.9% of an initially small number looks more impressive than it really is].
"This agreement sets a new milestone in relations between the EPO and Brazil, paving the way for a strategic relationship aimed at fostering the protection of intellectual property in the two regions", EPO President Benoît Battistelli said. "European companies are among the most active users of the patent system in Brazil, filing 38% of all patent applications there. Against this background, improved co-operation between our two offices and, above all, the machine translation of documents from Portuguese into English and vice versa will be instrumental in breaking down language barriers and disclosing a wealth of technical information that inventors, scientists and engineers in both regions can freely use [this is probably the biggest long-term gain that this cooperation will generate, not just in information-sharing but in terms of having a better appreciation of prior art when drafting or challenging patents]. Complex challenges such as climate change and access to clean water and food cannot be mastered without innovation. Patent protection plays a key role in this."

The partnership will focus on sharing best practices in the patent grant procedure, capacity-building, patent information and IT solutions, including e-Patentes, which is built on EPO technology.

"Enhanced co-operation with the EPO will encourage the strategic use of the patent system in Brazil, leading to an increase in Brazilian patents in Europe and the emergence of new partnerships between European and Brazilian companies, which in turn will lead to further innovation", INPI President Jorge Avila said".
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Wednesday, 11 April 2012

Patricia Covarrubia

Oops! my mistake

    No comments:
Apologies for previous post regarding the pending application for ‘Plum D’Agne’ in Chile. The sentence implies that it is a Chilean GI which in fact it is an application made by France (back in May 2010) but opposed by the Association of Processors and Exporters of Chile Prunes (Apecs). For more information regarding this matter see post published in July 2010 here.
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Patricia Covarrubia

Trade Agreement between Chile and Nicaragua is almost there

    1 comment:
The Chilean 'Camara de Diputados' (House of Commons) approved the draft agreement favouring the bilateral Protocol between Chile and Nicaragua which forms part of the Free Trade Agreement (FTA) between Chile and Central America (signed on 22 February 2011).

Back in 2002 the FTA between Chile and Central America (Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras and Nicaragua) came into force. Yet, the agreement established a mechanism by which it will come gradually into force and be divided in two matters:
1.- policy area common to all countries; and
2.- set of provisions to be negotiated bilaterally between each signatory countries.

This latter matter means that Chile (and the other countries) needs to have a separate bilateral Protocol with each of the other Central American countries. In this regards, the bilateral Protocol between Chile and Nicaragua is the one that is taken place at this moment and the information notes that the Protocol is divided into 5 sections and its respective annexes -- as follows:
1.- the tariff reduction program;
2.- restrictions on programs to support exports,
3.- the customs user fees,
4.- the understanding of geographical indications,
5.- the rules specific source applicable only between Chile and Nicaragua and border trade in services.

It is reported that in 2010 Chile trade with Nicaragua reached U.S. $ 21 million. The bilateral Protocol has a broad coverage, in which, within a maximum period of 15 years in Nicaragua and 10 years in Chile, almost all products will have duty free access to the markets of the parties.

With respect to geographical indications GI), the Protocol states that Nicaragua recognizes Chilean Pisco spirit as a GI within three years from the date of entry into force of the Treaty and this Protocol.[good news? well actually it is for the pisco industry in Chile but not so much for the pisco industry in Peru! But: what about many other GI especially in the wine industry? Moreover, Chile is starting to built a good and strong portfolio using the GI system for other foodstuff such as ‘Limon de Pica’ (lime) and ‘Langosta de Juan fernandez’ (lobster) and moreover with pending applications for ‘Plum D’Agne’, ‘Atun de la Isla de Pascua’ (tuna) and ‘Cordero de Juan Fernandez’ (lamb) and thus, it should be more highlighting into this section].

The draft was sent to the Senate, for the second constitutional stage.
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Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Corte Constitucional de Colombia declara exequible Protocolo de Madrid

La Corte Constitucional de Colombia en Sentencia C-251/2012 declaró exequible [del lat. exsequibĭlis, que se puede ejecutar] la Ley 1455 del 29 de junio de 2011, “Por medio de la cual se aprueba el Protocolo concerniente al Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas‟, adoptado en Madrid el 27 de junio de 1989, modificado el 3 de octubre de 2006 y el 12 de noviembre de 2007” así como el propio Protocolo de Madrid (en adelante "el Protocolo"), en atención a los siguientes fundamentos. 

(1) Por haberse cumplido en debida forma, con las etapas, debates y requisitos constitucionales y establecidos en la ley orgánica del Reglamento del Congreso. Por consiguiente, la Ley 1455 de 2011 es declarada exequible, desde el punto de vista formal. 

(2) De igual manera, la Corte encontró que el contenido del “Protocolo" en nada contraviene el texto constitucional. Indicó que la adhesión de Colombia ofrece varias ventajas a los productores de bienes y servicios, por cuanto la ausencia de un sistema de registro internacional implicaba lo siguiente: (i) que cada registro de una marca en el extranjero requiriera presentar sendas solicitudes en las respectivas Oficinas Nacionales, lo cual conlleva pagos de tasas y traducciones; (ii) una vez registrada su marca en el extranjero, las empresas transportadoras debían velar por mantener en vigor dichos registros en sus mercados de exportación, de allí que toda renovación y cambio en la titularidad, el nombre o la dirección deben realizarse en cada país en el que el titular haya registrado la marca y (iii) las empresas que se veían más afectadas por los considerables costos que entrañaba el registro y el mantenimiento de sus marcas en otros países son las pequeñas y medianas empresas. 

(3) La adhesión al Protocolo es un factor que favorece las exportaciones, en la medida en que simplifica la protección de las marcas colombianas en el extranjero. 

(4) Es un medio para que las empresas de otras Partes Contratantes del Protocolo obtengan con mayor facilidad la protección de sus marcas en el país en cuestión, dado que lo único que tienen que hacer es designar al país de que se trate en su solicitud internacional. Es evidente que esto contribuirá a un clima todavía más propicio para las inversiones del extranjero. Así mismo, se generan ciertos ingresos para el fisco nacional, en la medida que por cada designación realizada en una solicitud o en un registro internacional, el país recibe participación del total correspondiente a los complementos de tasas recaudados por la OMPI, más una participación en el total correspondiente a las tasas suplementarias percibidas por cada clase de productos o servicios a partir de la tercera clase. 

Por lo tanto, el Protocolo de Madrid se ajusta a la internacionalización de las relaciones económicas consagrada en el artículo 226 de la Constitución, en la medida en que establece un procedimiento internacional encaminado a obtener una más efectiva protección internacional de las marcas y productos nacionales en los mercados extranjeros. De hecho, el Protocolo, al estipular unas normas que estandarizan y armonizan la solicitud de registro marcario en las legislaciones de los Estados Partes, favorece la apertura de mercados y la entrada de Colombia al comercio internacional. Al mismo tiempo, el Protocolo no exime a las personas naturales o jurídicas de obtener o solicitar el registro de marca en el país de origen, por lo que no se presenta una usurpación de la soberanía nacional. Por consiguiente, el procedimiento para registrar las marcas nacionales sigue siendo el mismo, con la distinción de que la inscripción de la solicitud internacional en el registro ante la OMPI confiere derechos de prioridad en todos los Estados Partes en el Protocolo. Desde esta misma perspectiva, el Protocolo asegura la reciprocidad, como quiera que una solicitud de registro termina por convertirse en varias de ellas en distintos Estados, como si aquella hubiese sido objeto de una solicitud directa ante la oficina nacional de marcas del respectivo país.

Ponente: Humberto Antonio Sierra Porto

Fuente: Sentencia C-251/2012 Corte Constitucional de Colombia/ Comunicado Nº 14
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Tuesday, 10 April 2012

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Nueva plataforma online de Propiedad Industrial de Chile cofinanciada por la UE

El INAPI de Chile lanzó oficialmente hoy “INAPI Proyecta”, una plataforma pública de difusión de la propiedad industrial y transferencia de conocimiento que tiene por objetivo generar oportunidades para emprender, innovar y crear mediante el uso y la gestión de la propiedad intelectual.

El proyecto iniciado en octubre del año 2010 es parte del Programa de Innovación y Competitividad UE-Chile, ejecutado por diversas instituciones públicas para promover la innovación y el emprendimiento en beneficio del desarrollo económico del país. Este programa de cooperación, cuenta en su primera fase con un financiamiento de 18,6 millones de euros, aportados en partes iguales por la Unión Europea y el Gobierno de Chile, bajo la coordinación de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI). En específico, esta plataforma tuvo un costo de 584.744 euros, aportados en partes iguales por el Gobierno de Chile y la Unión Europea.

“INAPI Proyecta” integra tres componentes, con los cuales será posible acceder a guías y manuales de propiedad industrial, realizar cursos a través de una plataforma e-learning que incluye videoconferencia, así como realizar búsquedas e identificar información tecnológica en los documentos de patentes a nivel mundial en temáticas que permitan potenciar el crecimiento económico del país. El sistema dispone de herramientas orientadas a aprender, usar y transferir propiedad industrial, así como otras opciones personalizables que buscan conformar una comunidad en torno a la propiedad industrial y un ambiente de intercambio de conocimiento para los miembros asociados.

En el lanzamiento el embajador de la Unión Europea en Chile, Jaime Pérez Vidal, dijo que "la protección de la propiedad intelectual constituye un elemento fundamental para el éxito del mercado, tanto en la Unión Europea como en Chile. Es importante no sólo para la promoción de la innovación y la creatividad, sino también para el desarrollo del empleo y la mejora de la competitividad, con un énfasis en las pymes, actores clave en creación de innovación".

Fuente: Diego Ponce G. (Comunicaciones INAPI)
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Monday, 9 April 2012

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

Solicitan en Chile Indicación Geográfica "Cordero Magallánico"

El jueves 5 de abril fue presentada una nueva solicitud de Indicación Geográfica (IG) en Chile. Esta vez se trata del Cordero Magallánico solicitada por por la Asociación de Ganaderos de Magallanes A.G., que corresponde a la zona más austral de la Patagonia chilena (Magallanes).

Esta solicitud aspira a favorcer a todo el sector pecuario de la zona, pues en caso de alcanzar el registro y obtener el sello de IG, existirá mayor confianza y autenticidad del producto que se comercialice. Lo que buscan los productores nacionales de la zona de Magallanes es alcanzar un mayor grado de diferenciación y, al mismo tiempo, este interés favorecerá a los consumidores, pues tendrán la garantía de que el producto adquirido corresponde efectivamente al origen y calidad que dice poseer.

Esta nueva solicitud se realiza justamente mientras el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, a través del INAPI, lleva a cabo un plan que busca reconocer y proteger los productos nacionales mediante la utilización de herramientas de propiedad industrial, como son : indicaciones geográficas, denominaciones de origen, marcas colectivas y/o de certificación.

Fuente: Diego Ponce G. (Comunicado de Prensa INAPI)


 
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Sunday, 8 April 2012

Patricia Covarrubia

Maintaining todays marble - have you thought of GI?

    No comments:

I can imagine my kitchen.
Last week the Brazilian Intellectual Property Office (INPI) announced the granting of geographical indication (GI) to ‘Cachoeiro de Itapemirim ‘ for marble. Producers of Itapemirim will now have a period of 60 days- from the notification day, to pay the fee for the issuance of the certificate and thus completing the formality of this process.

The recognition given to the municiplity of ‘Cachoeiro de Itapemirim’ is justified as the site is nationally and internationally well known as a center for mining and processing of marble. It is said that with the introduction of new techniques of extraction and processing, the marble produced in Cachoeiro de Itapemirim has “reached a level of quality and beauty comparable to the best marble found in international market”.

I definitelly admire all the different kinds of products that Brazil is given protection throught the GI system - don't you? I mean apart from the usual cheese, wines, spirits and other foodstuff, we have seen a range of unusual ones such as metal, gem, grass and even shoes. You have to love it! This is truly devoted love, support, and defense of one's country products.
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Friday, 6 April 2012

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

María Kodama viuda de Borges acciona judicialmente por plagio de "El Aleph"

Ante la Secretaría Nº 110 del Juzgado en lo Criminal de Instrucción Nº 3 de Buenos Aires se ha presentado por María Kodama, viuda de Jorge Luis Borges (1899-1986), una acción judicial por infracción de los artículos 72 y 73 de la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual contra Pablo Katchadjian, autor de un texto intitulado "El Aleph Engordado", una versión ampliada del famoso cuento "El Aleph" del fallecido escritor argentino, publicado en 1949, y reeditado en 1974.

Kodama ha demandado al autor argentino, de 34 años, por supuesto plagio, infracción que contempla penas de hasta seis años de cárcel, según informó el diario Clarín de Argentina.

El escritor imputado de plagio tiene una pequeña editorial llamada Imprenta Argentina de Poesía (IAP), donde editó 200 ejemplares de un texto en el que intervino “El Aleph” agregándole palabras, que desde las cuatro mil originales llegaron a nueve mil seiscientas, en una técnica de intertextualidad. Y lo tituló "El Aleph Engordado". El libro termina con una aclaración del autor: “el texto de Borges está intacto pero totalmente cruzado por el mío”. 

La viuda de Borges sostuvo que "[t]oma todo el cuento sin pedir autorización. Si uno usa algo que no es propio, lo mínimo que puede hacer es pedir permiso".

Normativamente los textos invocados en la acción judicial, según la información de prensa, son los siguientes:

"Art. 71. - Será reprimido con la pena establecida por el art. 172 del código penal, el que de cualquier manera y en cualquier forma defraude los derechos de propiedad intelectual que reconoce esta ley.

Art. 72. - Sin perjuicio de la disposición general del artículo precedente, se consideran casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que él establece, además del secuestro de la edición ilícita:

a) El que edite, venda o reproduzca por cualquier medio o instrumento, una obra inédita o publicada sin autorización de su autor o derechohabientes;

b) El que falsifique obras intelectuales, entendiéndose como tal la edición de una obra ya editada, ostentando falsamente el nombre del editor autorizado al efecto;

c) El que edite, venda o reproduzca una obra suprimiendo o cambiando el nombre del autor, el título de la misma o alterando dolosamente su texto;

d) El que edite o reproduzca mayor número de los ejemplares debidamente autorizados".

A su vez, el art. 172 del Código Penal argentino inserto en el Título sobre "Delitos Contra la Propiedad", Capítulo IV de las "Estafas y otras defraudaciones" dispone que: "Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño".

Fuente: EFE/ clarin.com
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Jeremy

Honduras complains against Australia's 'plain packaging' rules for tobacco products

Honduras announced last week that it was seeking formal consultations with Australia under the World Trade Organization (WTO) dispute settlement procedures. The small Central American state maintains that Australia’s public health law -- which requires tobacco to be sold in plain packaging --is in breach of its TRIPS obligations. The complaint is driven by concerns that Honduran tobacco exports will be adversely affected.

Honduras's announcement coincided with the end of discussions at the World Health Organization (WHO) concerning a Framework Convention on Tobacco Control.  The proposed Convention, which will cover illicit trade in tobacco but will not be specifically directed at trade mark and intellectual property issues, pits countries with health issues arising from tobacco consumption against tobacco producing nations.

Source: William New, "Honduras Files WTO Dispute Case Vs. Australia Over Tobacco IPR", Intellectual Property Watch, here.
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Wednesday, 4 April 2012

Rodrigo Ramirez Herrera @ramahr

BID realiza donación para fomentar el uso del sistema de Propiedad Industrial en Chile

El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) junto al Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) firmaron hoy un acuerdo que permitirá llevar a cabo un proyecto que busca fomentar el acceso y difusión del sistema de registro de propiedad industrial en Chile. Este convenio favorecerá el trabajo ya iniciado por este organismo público en materia de digitalización de expedientes de derechos industriales; y permitirá hacer difusión y capacitación regional sobre uso del sistema de patentes y transferencia tecnológica.

Los principales beneficiarios del acuerdo son las  instituciones académicas y los centros de investigación públicos y privados, estudios de abogados y, principalmente, las PYME's de base tecnológica así como las entidades localizadas fuera de Santiago de Chile que, hasta ahora, tienen un limitado acceso a capacitación en materia de búsquedas tecnológicas.

El BID financiará la última etapa de la digitalización del stock de conocimientos tecnológicos que se encuentran en los expedientes de patentes que posee INAPI, tarea ya iniciada durante el 2011 por el organismo público, en el marco de la agenda de impulso competitivo del Ministerio de Economía. La información digitalizada próximamente estará a disposición de todo el público, mediante el portal web www.inapi.cl.

Para Maximiliano Santa Cruz, lo importante es que “por vez primera el INAPI recibe una donación directa de parte del BID para fomentar las herramientas de propiedad industrial, lo que demuestra la importancia que posee este tema para incentivar aún más el emprendimiento e innovación, mediante el uso de esta herramienta de protección”, aseguró.

Con estos recursos se financiarán cinco talleres de capacitación sobre uso del sistema de patentes, cuatro de los cuales tienen como destinatarios principales a personal de universidades, centros de estudios y emprendedores de las regiones. Otro componente incorporado al programa asociado al fortalecimiento de las capacidades internas, es la realización de un estudio para el rediseño de procesos y estructura organizacional de la Subdirección de Marcas, con el doble objetivo de sistematizar y formalizar un conjunto de cambios asociados al reemplazo tecnológico y mejoras del servicio que se han instalado en la gestión de esta Subdirección.

El presente acuerdo cimenta el camino ya iniciado sobre la base de un amplio proceso de modernización institucional que INAPI lleva a cabo y que, entre otros aspectos, considera el cambio de su plataforma informática, la digitalización de todas las presentaciones que se realizan ante este Instituto, nuevas herramientas en línea, así como también el envío de una nueva Ley de Propiedad Industrial que busca agilizar los procesos y simplificar los trámites referidos a los derechos de propiedad industrial.

El Proyecto BID-INAPI tiene un costo total de USD 490.972, de los cuales el BID dona al organismo público del Ministerio de Economía USD 201.514 y se espera que esté concluido en menos de 12 meses.

Fuente: Comunicado de prensa INAPI (Diego Ponce G. Comunicaciones)
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