La Cámara de Diputados avaló reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, donde se incluyen sanciones a quienes reproduzcan y vendan obras cinematográficas y audiovisuales sin los permisos correspondientes.
En sesión ordinaria se aprobó la reforma al artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor, donde señalan que constituyen infracciones en materia de comercio las siguientes conductas cuando sean realizadas con fines de lucro directo o indirecto:
"Fijar, producir, reproducir, almacenar, distribuir, transportar o comercializar copias de obras, obras cinematográficas y demás obras audiovisuales, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por los derechos de autor"
Se aclara que "fijar" es la incorporación de letras, números, signos, sonidos, imágenes y demás, elementos en que se haya expresado la obra.
Asimismo de las representaciones digitales de aquellos, que en cualquier forma o soporte material, incluyendo los electrónicos, permita su percepción, reproducción u otra forma de comunicación.
El dictamen aprobado indica que el fenómeno de la "piratería" como se denomina coloquialmente en el ambiente de los derechos de autor a la reproducción y explotación de obras, películas, discos, etcétera, se ha extendido cada vez más a diversos productos.
De acuerdo con datos de la Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas y Videogramas (AMPROFON), la piratería representó una disminución en las ventas por 4 mil 960 millones de pesos.
La piratería en México está dando mucho de que hablar en estos días, pues hay otros que afirman que el propio Poder Judicial la promueve indirectamente: aquí y aquí.
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8 hours ago