El 13 de enero el Senado chileno aprobó el veto presidencial a la modificación de la Ley de Propiedad Intelectual, relativo a una norma especial que regula la reunión de personas para la comisión de delitos contra los derechos de autor y las disposiciones que regulan algunos aspectos de la responsabilidad de los prestadores de servicios en Internet. Con este trámite legislativo la nueva ley de Propiedad Intelectual de Chile está en condiciones de ser promulgada por la Presidenta de la República, para luego proceder a su publicación y entrada en vigencia.
En cuanto a la regulación de los prestadores de servicios de internet se modificó el proyecto de norma que establecía que bastaba sólo una notificación para sacar de Internet un contenido, lo que fue considerado como una norma demasiada arbitraria ya que los servidores podían actuar como censores del material, prescribiéndose, en cambio, que para que un contenido sea sacado de Internet o de un portador, siempre se requerirá de una medida prejudicial o judicial, normativa que es acorde con el sistema constitucional chileno.
Una revisión completa de la historia de la ley, aquí.
Prepared by Rodrigo Ramirez (Abogado de Ramos Pazos, Montecinos & Díez, Chile), posted by Aurelio