Como ha sido la tónica, con motivo de los compromisos adquiridos tras la firma del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos (2003), Chile se obligó a adecuar su legislación en materia de propiedad intelectual vegetal para cumplir con dicho acuerdo comercial, debiendo haber adherido al UPOV 91 antes del 1 de enero de 2009, lo que implica un atraso en su compromiso internacional, hoy en vías de ser cumplido.
La normativa vigente de obtentores vegetales otorga un derecho de propiedad intelectual a quien crea una nueva variedad vegetal (agrícola o frutícola), la que debe cumplir con cinco requisitos para ser registrada como propia: ser nueva, distinta, homogénea, estable y con denominación varietal. La entidad encargada del Registro de Variedades Vegetales es la División Semillas del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que hoy cuenta con 670 variedades protegidas, de las cuales 594 son extranjeras y 76 son chilenas.
Las modificaciones a la actual ley se adaptan a los reglamentos de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) e incluyen, entre otros aspectos, el aumento de la extensión de la propiedad intelectual de nuevas variedades de 18 a 25 años en el caso de los árboles y vides, y de 15 a 20 años para otras especies. Además, establece el alcance de la propiedad sobre el producto de la cosecha y acota el privilegio del agricultor a un número de hectáreas definido. La actual legislación protege únicamente el material de reproducción, (las semillas), en cambio, el UPOV 91 trasciende al producto de esa semilla y se extiende al grano cosechado.
Más allá del cumplimiento formal del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, la modificación legal apunta también a mejorar la competitividad del sector agroindustrial y prevenir las infracciones a los derechos intelectuales.
En cuanto al incremento de la competitividad del sector agroalimentario, tendría lugar mediante la creación y comercialización de nuevas variedades vegetales, de mejor calidad para el mercado doméstico e internacional, permitiendo un mejor acceso al material genético de primera categoría que se produce a nivel mundial, para ampliar nuevas líneas de investigación a variedades agrícolas y frutícolas. Igualmente, aseguraría a los inversionistas extranjeros una adecuada protección de sus nuevos desarrollos, permitiendo, especialmente a los productores frutícolas chilenos, acceder para su producción a variedades frutales que están siendo demandadas en los mercados de exportación . En la actualidad la creación de nuevas variedades puede realizarse mediante técnicas de selección y cruce de especies, mutagénesis o técnicas convencionales de fitomejoramiento (en donde se cambia el genoma completo de la especie) y transgénesis (donde se modifican uno o dos genes).
Fuente: www.df.cl